República Dominicana, 29 de abril del 2019 Acción urgente N. 2/19 Ejecución extrajudicial de menor en Higuey (República Dominicana), manipulación y alteración la investigación, denegación de la justicia, revictimización de la víctima y su familia. |
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH-RD) con domicilio para recibir comunicaciones en la Avenida Ortega y Gasset n. 200 2do nivel de la Fundación Trópico esquina Reyes Católicos, Cristo Rey, Santo Domingo, Distrito Nacional Tel +1 (809)6161585 correo electrónico, cndhrd@hotmail.com, expresa su profunda preocupación y solicita respuesta urgente ante la denuncia aquí presentada de ejecución extrajudicial del menor ROBERT JHONSON SANTANA, manipulación y alteración de la investigación, denegación de la justicia, revictimización de la víctima y su familia.
ACONTECIMIENTOS:
El día viernes 23 de abril del 2019, el joven ROBERT JHONSON SANTANA de 17 años se encontraba custodiado en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de la ciudad de Higuey, ya que se le estaba pasando audiencia por una medida de coerción de tres meses, a raíz de una querella presentada por su propia madre, JAZMIN SANTANA, por conducta inadecuada en su hogar por el uso abusivo de sustancias controladas. Después de haber logrado un acuerdo con la magistrada que le conocía el caso, según el cual iba a pasar tres meses más en el Centro de Corrección para Niños Niñas y Adolescentes de Higuey, ya que se estaba rehabilitando satisfactoriamente, fue sacado y dejado sin esposas en el área donde estaban los demás menores en espera de juicio.
Siendo aproximadamente las 11.30 am el joven se paró en la ventana a conversar con su madre, quien se encontraba en la plata baja, dicha ventana estaba abierta ya que no había luz y los menores suelen pedir cosas a sus parientes desde ese lugar, entonces aprovechó de la situación resbalándose por el vuelo de la galería cayendo parado y protegiéndose acostado de espaldas en la pared ya que el raso JOHAN ANDRES ROSARIO DESAMONT, dominicano, 28 años de edad, miembro de la PN adscrito a la Procuraduría de la República en servicio en dicho tribunal, carnet n. 038535 cedula n. 402-2264355-9 residente en la ciudad de Higuey, lo buscaba desde arriba a punta de pistola.
La madre del joven, viendo esta escena le gritó al policía varias veces “no dispare”, diciéndole al hijo que se quede tranquilo donde está.
La mamá se acerca al hijo reiterándole al policía de no disparar. El menor entonces fue a saltar una verja baja que da a la calle y el policía le disparó a las espaldas a menos de 10 pies de distancia, directamente al costado desde la segunda planta donde se encontraba. El joven antes de morir le dice a la madre “ese maldito me mató”.
ROBERT JHONSON SANTANA falleció al instante a consecuencia de “herida por arma de fuego en región lumbar con entrada sin salida, probable causa de la muerte shock hemorrágico a determinar por autopsia porque también pudo ser desnucado al momento de haberse lanzado del 2do nivel de dicho edificio” así como reportado por la Policía Nacional División de Investigación de Higuey (hoja de envío de detenido del 24 de abril).
Se emite además un ACTA DE FLAGRANTE a las 12.15 del día 23 de abril donde se certifica el arresto del raso JOHAN ANDRÉS ROSARIO DESAMONT “por el hecho de haberle quitado la vida con arma de fuego mientras se encontraba de custodia el hoy occiso ROBERT JOHNSON SANTANA”.
El INACIF con acta de levantamiento de cadáver n. 28703 del día 23 de abril, certifica una muerte por “herida de bala en región lumbar sin salida”.
Ya desde el mismo día de los hechos se ha notado una actitud tanto en los medios que en las autoridades (Policía Nacional y Fiscalía) como de querer hacer pasar que la muerte del joven no fue debida a la bala sino a la caída.
Hay que señalar que la verja que el joven saltó es muy baja y de la segunda planta el cayó parado y se pegó a la pared, logrando luego llegar hasta la verja.
El día sábado 27 de abril la madre del joven, JAZMIN SANTANA, y el abogado de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Dr. Félix Telemin van al departamento de homicidios de la Policía Nacional de Higuey a presentar la denuncia y a que escucharan la madre sobre el hecho porque el raso DESAMONT andaba libre y lo habían visto en la calle a pesar de que la prensa reportara el día después de los hechos, que estaba detenido.
En la puerta del departamento de Homicidios se encuentran con el Coordinador del Departamento de Delitos contra la Vida y Derechos Humanos de la Policía Nacional de Higuey, Licdo. Coronel Zauris Belliard, quien les dice que “ellos no tienen nada que hacer allá” y les habla muy mal. Siguen y van adonde el coronel responsable del departamento, Ceballo, donde el Dr. Telemin le pide el nombre del policía y el número de cedula para poner la querella.
Ceballo le niega el nombre y la cedula alegando que “no tenía nada de eso”. Se pone a reír y le dice al Dr. Telemin (quien conoce porque este ha sido coronel de la PN) “Telemin tu sabes que el artículo 89 de la Ley 224 hace que el centinela dispare” a lo que Telemin le responde “sí, pero nos enseñan que debe disparar al aire una primera vez mientras el policía le ha tirado de una vez al costado”
Ceballo le describió a Telemin una escena del crimen diferente de la que Telemin ha podido observar en el tribunal donde han ocurrido los hechos, también porque él se encontraba allá en una audiencia pocos minutos antes de la muerte del joven y pudo ir después a fotografiarla.
Ceballo termina agregando que “además la policía puede actuar así porque la policía esta para matar gente”.
Saliendo de la Policía el Dr. Telemin se encuentra con otro amigo quien le informa que al raso le habían sometido y conocido medida de coerción sin avisar ni notificarle a la Sra. SANTANA, madre de la víctima.
En la Fiscalía se dan cuenta que se había aplazado la audiencia de conocimiento para citar la victima porque al parecer a la jueza encargada le resultó extraño que no estuviera la madre.
Se enteran también ese mismo día de que un tío del joven asesinado, de apellido JHONSON, quien es abogado y es hermano del padre de este, había estado presente todos estos días en la fiscalía haciendo gestiones con la policía y el fiscal en lugar de la madre de la víctima.
Destacamos que la Sra. SANTANA inmediatamente después de la muerte de Robert le había pedido ayuda a ese pariente abogado y él se había negado porque se necesitaba mucho dinero para eso.
A la madre se le ha negado también acercarse al cuerpo del hijo ni siquiera para vestirlo o prepararlo para el entierro.
CONSIDERACIONES Y PETICIONES:
Condenamos varias situaciones violatorias de derechos humanos que se van sumando a la ejecución extrajudicial de la que ha sido víctima el joven ROBERT JHONSON SANTANA.
- En la solicitud de la medida de coerción del 25 de abril del 2019 de la Procuraduría General de la República, se indica que el joven “abrió una persiana de un segundo nivel” y se lanzó cuando esas ventanas están abiertas.
- La madre del joven en un video declara lo siguiente “cuando yo llegué a las 9:10 am (del 23 de abril) a la fiscalía entro a ver mi hijo cuando subo arriba lo primero que me presencio con el policía que estaba sentado, el mismo que lo mató que me dice llévate a tu hijo que le voy a dar un tiro y lo logró”.
- La prensa desde el primer día del asesinato ha asumido la versión que estaban tratando de tramitar tanto la Policía Nacional cuanto la Fiscalía que probablemente no había fallecido por el tiro, sino por la caída. A tal fin se inicia la construcción de una escena del crimen falsa, con presuntos seños del proyectil en la verja o en la pared, que por lo tanto no habría impactado con el cuerpo del joven.
- Lamentamos particularmente el titular de esta nota de prensa: “Fiscal de Higüey confirma menor muerto en tribunal golpeaba a su madre, como que esto quitaría gravedad a la muerte. https://www.diariolibre.com/actualidad/justicia/fiscal-de-higuey-confirma-menor-muerto-en-tribunal-golpeaba-a-su-madre-PE12613509
- El anuncio de la Procuraduría General de la República de que se espera investigación para aclarar si el joven murió por el tiro o por la caída, cuando primeramente hay un certificado de INACIF que declara las razones de la muerte y segundo como si el hecho de que el policía que tira directo a la espalda, contrariamente a lo que conviene el Reglamento sobre el Uso de la Fuerza de la Policía Nacional, fuera segundario. (Art. 9: “El uso de armas de fuego se considera fuerza letal y se le concede a la Policía Nacional, cuando la o las personas involucradas son un peligro inmediato para los agentes actuantes o para terceras personas”, dispone el reglamento, que fue aprobado mediante la Resolución 011-14 de la tercera reunión extraordinaria del Consejo Superior Policial, en abril del 2014).
- ROBERT JHONSON SANTANA falleció al instante a consecuencia de “herida por arma de fuego en región lumbar con entrada sin salida, probable causa de la muerte shock hemorrágico a determinar por autopsia porque también pudo ser desnucado al momento de haberse lanzado del 2do nivel de dicho edificio” así como reportado por la Policía Nacional División de Investigación de Higuey (hoja de envío de detenido del 24 de abril) y como varios testigos presentes en la escena, además de su propia madre han podido testimoniar a las cámaras, confirmando que el joven cayó parado de
la la segunda planta. Ver video https://www.youtube.com/watch?v=IjqdIr96n9E&feature=youtu.be
¿Por lo tanto porque la hoja de envío de detenido de la División de Investigación policial de la PN de Higuey habla de DESNUCAMIENTO?
- Llamamos la atención sobre la medida de coerción irrisoria que se pide contra el victimario consistente en presentación periódica, lo que no aplica seguramente en casos de homicidio.
- JAZMIN SANTANA acudió responsablemente al sistema de justicia esperando que este pudiera ayudarla a recuperar a su hijo y de hecho así estaba ocurriendo porque la magistrada en la audiencia en la que le otorga los tres meses al joven le dice que pronto saldrá porque ya se veía más recuperado. El “sistema de justicia” le ha fallado completamente, matándole a su hijo.
- Finalmente llamamos la atención nuevamente sobre la actitud de las autoridades y los medios de comunicación respecto a la REVICTIMIZACIÓN de la víctima y su familia. Tratándose de un usuario de drogas se está pasando la información de parte de las autoridades de que el occiso era un desecho de la sociedad por lo que se justifica el asesinato de ese joven. A la madre se la echa del cuartel cuando va a pedir justicia por su hijo y además se le dice en la cara que la policía está para matar gente. En los medios las informaciones de las autoridades venden la idea de que tratándose de un joven usuario de drogas y en conflicto con la ley eso justifica la acción de la ejecución extrajudicial. Condenamos esa actitud de limpieza social que desde la Policía Nacional se está llevando a cabo en nuestro país sobre todo hacia los jóvenes de los sectores más desprotegidos y vulnerables de la sociedad.
Visto lo arriba mencionado exigimos por lo tanto:
- Una investigación exhaustiva de los hechos que se lleve a cabo de forma transparente. Solicitamos que dicha investigación no sea llevada a cabo exclusivamente por la Procuraduría General de la República sino que seamos parte de ella.
- Que se asegure a la justicia el raso quien le quitó la vida al menor
- Que se detenga la manipulación de la verdad y la revictimizacion de la Sra. JAZMIN SANTANA, madre de la victima
- Que se investigue a profundidad la situación de los internos adolescentes en la cárcel de menores de Higuey y las amenazas recibidas por la madre de la víctima de parte del victimario (¿porque la madre declara que el victimario le dice “llévate a tu hijo que algún día le voy a dar un tiro?)
ENVIAR COMUNICACIONES A:
Presidente de la República Danilo Medina Sánchez – info@presidencia.gob.do
Procurador General de la República Jean Alain Rodríguez – info@pgr.gob.do
Procuradora Fiscal Titular de la Unidad de Derechos Humanos de la Procuraduría General de la República Danissa Cruz – danissa007@gmail.com
Ministro de Interior y Policía Carlos Amarante Baret – info@mip.gob.do
Director de la Policía Nacional Gen. Ney Aldrin Bautista Almonte, info@policianacional.gov.do
Sub director de la Policía Nacional Gen. Lic. Neivi Luis Pérez Sánchez,
Dirección Regional Este Lic. General Pablo de Jesús Dipré
Defensora del Pueblo Zoila Martínez Guante – info@defensordelpueblo.gob.do
Procurador Fiscal de Higuey Edwin Encarnación
Comandante del Departamento de la Policía Nacional Randolph Ceballos
Procurador Fiscal Licdo Denis Leonardo Guerrero
Comisión Permanente de Justicia y Derechos Humanos Senado de la República
Presidente Comisión Permanente de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados Fidel Santana – fidel.santana@hotmail.com
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Zeid Ra’ad Al Hussein – Teléfono: +41 22 917 9220 InfoDesk@ohchr.org
Presidente Federación Internacional de los Derechos Humanos Dimitiris Christopoulos – fidh@fidh.org /amerique@fidh.org
Amnistía International – contactus@amnesty.org / caribbean@amnesty.org
Human Right Watch – hrwdc@hrw.org
Federación Internacional de los Derechos Humanos CONTACT@FIDH.ORG
Embajador Misión Permanente de la República Dominicana ante las Naciones Unidas en New York, Francisco Cortorreal 144 East 44th Street, 4th Floor, New York, NY 10017 Phone: +1 212-867-0833 Fax: +1 212-297-2509 Fax: +1 212-986-4694 drun@un.int
Jefe de la Delegación de la Unión Europea en la República Dominicana, Alberto Navarro Cesar Nicolás Pensón 85A, Gazcue Teléfono: (809) 227-0525 Fax: (809) 227-0510 delegation-dominican-rep@eeas.europa.eu
Sistema de las Naciones Unidas en la Republica Dominicana onucomunica.do@one.un.org
Procedimientos Especiales Special Procedures Division c/o OHCHR-UNOG Avenue de la Paix 1211 Geneva 10 Switzerland Fax: +41-22-917 90 06
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Secretario Ejecutivo, Paulo Abrão , 1889 F Street NW Washington, D.C., 20006, Estados Unidos, Teléfono: 1 (202) 370 9000 Fax: 1 (202) 458 3992 / 6215 cidhoea@oas.org, cidhdenuncias@oas.org
Santo Domingo, D.N. 29 de abril del 2019
Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el número de esta acción urgente en su respuesta, llamando al +1 (809) 616-1585 o al correo electrónico cndhrd@hotmail.com
Atentamente
Comisión Nacional de los Derechos Humanos
República Dominicana
CNDH-RD