Informe sobre situación actual en la Penitenciaria Nacional de la Victoria

Por razones de privacidad solame

Santo Domingo D N.

15-10-2020

DEPARTAMENTO NACIONAL DE ATENCIÓN PENITENCIARIA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CNDH-RD)

Informe sobre situación actual en la Penitenciaría Nacional de la Victoria

El Departamento Nacional de Atención Penitenciaria de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (CNDH-RD), organización no gubernamental, sin fines de lucro, incorporada mediante el decreto No.184-95, de fecha 15 de agosto 1995, del poder ejecutivo en la República Dominicana, con domicilio abierto en la avenida Ortega y Gasset No 200, Fundación Trópico del Sector Cristo Rey del Distrito Nacional, presenta su  primer informe sobre la situación actual en la Penitenciaría Nacional de la Victoria.

En fecha cinco de octubre del dos mil veinte (2020), una comisión integrada por el director nacional del Departamento de Atención Penitenciaria Felipe Venero Selmo Ferrand,  por los Licdos.  Lucas Paredes, Zacarías Guzmán, Juan Miguel Rondón, Luis José Rodrigué Yandel Peña Grullón, Francisco Arias, Ricardo Mojica Contreras, Olfa Melenciano  y la psicóloga Damasa Selmo, ha realizado una visita en la Penitenciaría Nacional de la Victoria  con el fin de realizar una inspección para verificar  la situación en que se encuentran los privados de libertad de este centro penitenciario en cuanto a la preservación de sus derechos humanos.

A nuestra llegada al recinto alrededor de las  9;00 am  procedimos a dirigirnos a la alcaldía de dicho centro en donde nos presentamos y luego solicitamos que nos acompañara un personal de la seguridad a la celda de reflexión, a lo cual la misma alcaldesa de la penitenciaria se puso a nuestra disposición y procedió a acompañarnos. En este lugar  realizamos una inspección en donde  encontramos la existencia de un total de 46 internos los cuales habían sido enviados a este recinto penitenciario sin medida de coerción, provenientes  de diferentes despachos judiciales como detallado aquí en seguida:

Del Tribunal de Atención Permanente de la provincia de Monte Plata enviaron  8 internos los cuales se encuentran en la denominada celda de reflexión o “plachita”.

En la denominada “planchita” hay 8 internos privados de libertad que fueron trasladados desde Bayaguana Provincia Monte Plata a este centro supuestamente por la pandemia del Covid-19, los cuales llevan allí 4 meses, en una celda de confinamiento, sin una resolución judicial que autorice la permanencia de los internos en el recinto, ni mucho menos en la celda de reflexión. De estos 8 internos solo uno fue sacado de la planchita (Cristóbal Reyes), y los 7 restantes fueron dejados en dicho lugar, los cuales corresponden a los nombres de: ….

Del Tribunal de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste fue enviado a este penal,  sin medida de coerción el ciudadano Janel Tison, quien  tiene 9 meses en la planchita.

Del tribunal de Atención Permanente de la Provincia Santo Domingo Este los ciudadanos:

..tiene 19 meses en la planchita.

..tiene 21 meses en la planchita.

..tiene 17 meses en la planchita.

.. tiene 11 meses en la planchita.

.. tiene 3 meses en la planchita.

..tiene 2 meses en la planchita.

..tiene 14 meses en la planchita.

..tiene 16 meses en la planchita.

.. tiene 5 meses en la planchita.

..

..tiene 15 meses en la planchita.

Del Tribunal de Atención Permanente del Distrito Nacional se encuentran recluidos en este lugar sin medida de coerción los ciudadanos:

.. tiene 15 meses en la planchita.

.. tiene 11 meses en la planchita.

..

.. tiene 11 meses en la planchita.

..tiene 3 meses en la planchita.

..

..tiene 8 meses en la planchita.

..tiene 3 meses en la planchita.

Del Tribunal  de Atención Permanente de San Pedro de Macorís:

.. tiene 16 meses en la planchita. Quiere ser trasladado a San Francisco de Macorís.

..tiene 6 meses en la planchita.

Además de estos internos se encuentran en este lugar sin ninguna orden de la autoridad judicial competente  los ciudadanos:

.. el mismo es de la provincia El Seibó,  tiene una medida de coerción de tres meses, por un accidente de tránsito, el mismo tiene dos meses en la referida planchita,  .. 8 meses en la planchita, y una medida de coerción de 3 meses, ..no tiene medida de coerción, 3 meses en la planchita,..16 meses en la planchita, y 3 meses de medida de coerción, ..1 semana en la planchita porque había un conflicto en el penal del cual el alega no participó, ..17 meses en la planchita 3 meses de medida de coerción, ..5 meses en la planchita, la medida de coerción dictada fue de 3 meses pero le aumentaron 2 meses, ..7 días en la planchita, y una medida de coerción de 3 meses, .. 15 meses en la planchita, está condenado por drogas, pero puede salir bajo fianza si paga 10,000 pesos, ..2 semana en la planchita, por una discusión con otro interno, .. por discusión, ..9 meses en la planchita no tiene resolución, de nacionalidad haitiana, ..20 día en la planchita, tiene resolución, ..30 días en la planchita, no lo han digitado, y no tiene familia que le visite es nacional haitiano, ..nativo de la provincia la Romana, 80 días en la planchita, fue trasladado de Manoguayabo por el Covid-19, tiene 10 meses de prisión preventiva, .. .11 meses en la planchita, no tiene resolución, ..21 meses en la planchita, 3 meses de prisión preventiva, realizó un acuerdo hace 8 meses, pero no tiene contacto con su abogado (a), .. 3 meses en la planchita desde su llegada a la penitenciaria, tiene un defensor público Ángel Ramón, ..3 meses en la planchita, le acusan de atraco, ..9 meses en la planchita y 9 meses recluido, .. 15 meses en la planchita, prisión preventiva por una riña, es mudo, .. 11meses preventivo, tiene 3 meses de medida de coerción, no ha sido llevado a la justicia en las dos últimas ocasiones que ha sido llamado para conocer su proceso Abogado: Pedro Rodríguez Defensor Público, recluido por robo.

En Cuanto A Las Atenciones Médicas:

Recibimos denuncias de partes de algunos internos, y hay varias quejas de excepciones, y privilegios con algunos internos, según nos comenta el interno .. fue ingresado al centro penitenciario con un fijador en su pierna izquierda que le fue colocado previamente en el Darío Contreras, pero el interno ha solicitado un referimiento para que le sea retirado el fijador de su pie debido a que era por 6 meses y tiene aproximadamente 1 año, sin embargo no ha sido referido porque supuestamente hay que sobornar a los médicos encargados para que le puedan otorgar el permiso de salida hacia un hospital adjunto.

El interno .. padece problemas de la circulación y su pierna está en mal estado, existe la  posibilidad que de no recibir la atención médica necesaria pueda perder  la pierna.  

..padece miopía y se agrava su situación de salud visual por no tener acceso a un tratamiento.

..tiene una dolencia estomacal  y lleva 6 meses con el dolor. No  tiene referimiento hacia un médico especialista, y  ha recibido atención médica muy precaria, no siendo efectiva para mejorar sus condiciones de salud.

Además, los internos denuncian que una vez obtenido el referimiento hacia un centro de salud, según la información suministrada presentan dificultades para ser trasladados en virtud de que solo hay una ambulancia para dichos fines. Sumado a eso  hay pocos agentes disponibles para la seguridad de los internos y para  garantizar la seguridad ciudadana o que haya peligro de fuga.

Cabe resaltar que el consultorio médico solo ofrece medicina ambulatoria, y aunque alegan que cumplen fielmente con el tratamiento  médico de los internos, lo internos no comparten ese criterio, porque nos comentan que cuando se trata de una enfermedad crónica deben comprar sus medicamentos con sus propios recursos  lo que a su vez dificulta que puedan tener mejoría.

En el día de nuestra visita quedó  en evidencia por medio de preguntas  y observaciones realizadas   que hay una contradicción en lo que dicen de hacer los médicos  y lo que evidenciamos, además se preguntó por los registros  médicos de los internos y se afirmó que no existen.

Tenemos información de la existencia de 6 pacientes con tuberculosis  en etapa terminal, 57 infectados de tuberculosis bajo tratamiento, y 30 enfermos psiquiátricos. Estos  datos nos serán suministrados de forma precisa en los próximos días.

En cuanto a la Tutela Judicial Efectiva y Debido Proceso: Recibimos denuncia de los internos, que a pesar de haber sido notificados para el conocimiento de sus audiencias, ellos  no son trasladados a los furgones para tales fines. El jurídico alega que no hay custodia para trasladarlos. A muchos de ellos se ha reenviado  el conocimiento de su proceso en 4 y 5 ocasiones, violentando el derecho al debido proceso. A  pesar de la escasez  de personal los internos se quejan porque hay privilegios debido a que otros internos son llevado  posteriormente, pero a ellos  se le ha negado  su derecho a la justicia oportuna.

Internos que Cumplieron Su Condena Pero Permanecen En Prisión: Durante el recorrido e inspección se evidenció  que hay algunos internos que alegan haber cumplido la pena impuesta pero aún permanecen en la penitenciaria cuando deberían estar en libertad.

Podemos  mencionar los casos más notorios

.. de nacionalidad haitiana está condenado a una pena de 5 años de reclusión, el mismo tiene 5 años y 6 meses, está recluido en la celda Malvinas 1; .. está recluido en la Celda 7 y 8; .. cumplió según nos comentó, está recluido en la celda 7 y 8, pero este recluso argumenta que cumplió su condena porque realizo un acuerdo el 18 de octubre del 2019 y debió salir en abril del 2020, tiene un defensor público; .. tiene un acuerdo de 5 años, 2 años y 6 meses en prisión, y el resto en libertad el cual ya cumplió; .. tiene un acuerdo de 3 años, 2 meses en prisión, y 2 años 8 meses en libertad, pero tiene 10 meses en prisión; .. condenado a 2 años, tiene 2 años y 2 meses en prisión; .. condenado a 9 meses y lleva en prisión 1 año y 6 meses; ..nacionalidad haitiana condenado a 5 años , tiene 5 años y 6 meses; .. condenado a 10 años, pero solo le confirmaron 7 años, tiene 7 años y 7 meses; .. tiene 1 año y 3 meses en prisión, tiene 9 meses esperando su libertad; ..ealizó un acuerdo, 1 año en prisión y 4 en libertad firmando; .. realizó un acuerdo el 2 de diciembre 2019; .. acuerdo de  7 años, 2 años en prisión y 5 años firmando; ..  condenado a 1 año de prisión, tiene 1 año  y 9 meses, ya cumplió la pena; .. realizó un acuerdo, 1 años y 6 meses en prisión y 3 años 6 meses firmando, tiene 1 años y 8 meses en prisión; .. condenado a 5 años, realizó un acuerdo 2 años y 9 meses, y 2 años y 3 meses firmando; .. realizó un acuerdo 2 años y 6 meses en prisión, y 2 años y 6 meses firmando; .. condenado a 15 años, cumplió condena el 19 de abril 2020; .. realizó un acuerdo de 1 año en prisión, y 1 año y 6 meses firmando; ..tiene 3 meses  esperando su libertad.

Solicitud De Traslado De Los Internos: .. condenado a 20 años, tiene 14 años en prisión, solicita su traslado hacia el Seibo porque fue trasladado de manera injusta; .. condenado a 10 años, solicita su traslado a Najayo por motivos de seguridad; .. y .. solicitan su traslado hacia Nagua de donde son oriundos; ..solicita su traslado hacia Nagua.

Estos internos solicitan ser trasladados a Bayaguana de donde son oriundos: ..los cuales se encuentran en la celda de reflexión por más de 4 meses.

Recomendaciones:

  • Incorporar dos ambulancias más, para que haya tres y se pueda dar mejor asistencia a los internos. Además, incorporar un minibús para el traslado de los internos  a sus respectivas consultas médicas en el exterior del recinto.
  • Aumentar el número de los profesionales de la salud para así poder brindar una asistencia médica de calidad y garantizar la medicina requerida para su tratamiento médico.
  • Incorporar más agentes de custodia  para trasladar los internos hacia el furgón donde les conocerán sus respectivos procesos judiciales, para garantizar al derecho de justicia.
  • Gestionar que los tribunales puedan otorgar la libertad inmediatamente los internos cumplan con la condena impuesta en el centro penitenciario.
  • Disponer del traslado de los internos a los lugares solicitados a fin que estos puedan estar más cerca de sus familiares a la mayor brevedad posible.
  • Disponer de manera inmediata el traslado de los privados de libertad desde la celda de reflexión donde se encuentran a un lugar digno donde ellos puedan estar en condiciones humanas.
  • No utilizar las celdas de reflexión para disciplinar a los internos por tiempo indefinido.
  • Solicitar a la Defensoría Pública mayor atención a los procesos judiciales que les son asignados, en virtud que en la mayoría de los casos que hemos conocidos, se han visto interrumpidos y abandonados los procesos judiciales de los privados de libertad cuando son titulares los defensores públicos.
  • Desmantelar de forma inmediata los grupos y bandas que planifican acciones  criminales como asesinatos, robos,  atracos y  extorciones a empresarios y ciudadanos ya que  siguen intactos.
  • Desmantelar de forma inmediata  los negocios como alquiler de espacios públicos, y  ventas de mercancías licitas e ilícitas, ya que  siguen igual.

DEPARTAMENTO NACIONAL DE ATENCION PENITENCIARIA DE

LA COMISIÒN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CNDH-RD)

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Tel. (809) 616-1585

 Cel. (829) 305-9162

INFORME SITUACIÓN PENITENCIARIA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA BAJO LA EPIDEMIA DE COVID-19

 

INFORME SITUACIÓN PENITENCIARIA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA BAJO LA EPIDEMIA DE COVID-19

18 de abril del 2020

 

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En todos los informes anuales que nuestra organización redacta cada fin de año sobre la situación de los derechos humanos en el país, siempre hemos dedicado un renglón a parte  a la situación carcelaria,  ya que las violaciones que se dan entre los recintos penitenciarios son enormes y   comprenden tanto los derechos civiles y políticos cuanto los derechos económicos, sociales y culturales de los reclusos.

Si bien el sistema carcelario dominicano se había encaminado hacia una profunda reforma con la implementación del Nuevo Modelo carcelario que había sido saludado como ejemplo a seguir  para la región  por las Naciones Unidas y por la Unión Europea, que en parte lo han financiado, a la fecha de hoy tenemos que resaltar que el proceso de implementación de los nuevos modelos se ha estancado y que la construcción de nuevas cárceles se ha paralizado.

En los actuales momentos existen 36 centros de privación de libertad distribuidos en las 32 provincias en las que geográficamente se divide el país.

Estos 36 centros de privación de libertad tienen una capacidad para unos 15mil internos mientras en la actualidad albergan alrededor de 28mil privados de libertad, de los cuales más de 13mil viven en un gran estado de hacinamiento y en condiciones infrahumanas, violándoles todos sus derechos humanos establecidos por las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos, la Constitución dominicana y la Ley n. 224 sobre Régimen Penitenciario.

De estos 28mil internos un total de 12mil se encuentra en el nuevo modelo y el restante 16mil en el viejo modelo.

En la actualidad el sistema penitenciario de la República Dominicana está al borde del colapso porque el Estado  no contempla ampliar la reforma penitenciaria a través del Nuevo Modelo de gestión penitenciaria que en estos momentos como decíamos luce estancado por la falta de recursos económicos para la construcción de nuevos centros.

El viejo modelo está concebido como un mercado donde todo se vende y se compra y que se puede decir que sigue siendo un cementerio de hombres vivos.

En esas cárceles falta de todo, espacio físico, alimentación, atención médica, medicamentos, agua, higiene, y donde el hacinamiento es horrible.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH-RD), preocupada por lo tanto en virtud de esta situación, por la situación relativa  a la propagación de la Covid-19 en las cárceles del país, sobre todo las del viejo modelo de gestión penitenciaria,  en fecha 24 de marzo del 2020,  dirigía una solicitud al presidente de la República Danilo Medina Sánchez y al procurador general Jean Alain Rodríguez solicitándoles la adopción de  medidas URGENTES  a fines de descongestionar las cárceles de nuestro país en vista de la epidemia de  SARS-CoV-2.

Las medidas solicitadas eran las siguientes:

  1. a) Indulto humanitario y masivo a todos los internos en las cárceles públicas del país con enfermedades terminales, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.
  2. b) Indulto humanitario y masivo a todos los adultos mayores de 60 años en las cárceles públicas del país, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.
  3. c) Libertad pura y simple a todos los internos con medida de coerción consistentes en pago de una garantía económica, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.
  4. d) Libertad para aquellos que están presos por multas, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.
  5. e) Libertad para aquellos que están privados de libertad por trámites burocráticos, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.
  6. f) Libertad para aquellos presos que le faltan solo meses para cumplir su condena total, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.
  7. g) Libertad para los presos que ya han cumplido ¾ de la pena total, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.
  8. h) Libertad para los que están privados de libertad por delitos menores, previo cumplimiento de las formalidades de Ley.

De hecho organismos internacionales de derechos humanos, y la Organización de las Naciones Unidas han hecho en varios momentos planteamientos similares a todos los gobiernos del planeta, instándoles a tomar medidas urgentes a fines de preservar la salud de las y los privados de libertad en los recintos carcelarios y de impedir la circulación del virus en los mismos.

Solicitudes que han sido acogidas hasta por gobiernos no democráticos como el de Irán y de Turquía que han liberado miles y miles de detenidos.

Aquí enseguida resumimos las directrices principales de estos organismos, en  orden cronológico:

12 de marzo  – La Unicef publica el documento “Preparación y respuesta a la emergencia del COVID-19 – Agua, saneamiento, higiene (WASH) y medidas de Prevención y Control de las Infecciones (PCI) en hogares y espacios públicos”.

23 de marzo –  La Región Europea de la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha publicado una guía provisional sobre cómo tratar en las cárceles el Covid-19, la enfermedad causada por el nuevo coronavirus, en la que insta a los países a crear un sistema de coordinación entre los sectores de la Sanidad y la Justicia, junto al personal penitenciario, para luchar contra esta patología.

25 de marzo – La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, pidió a los gobiernos que tomen medidas urgentes para proteger la salud y la seguridad de las personas que se encuentran detenidas o recluidas en otras instalaciones cerradas, como parte de los esfuerzos generales que se llevan a cabo para frenar la pandemia del COVID-19, ya que en las condiciones en las que se encuentran los centros de reclusión de muchos países, “el distanciamiento físico y el autoaislamiento resultan prácticamente imposibles”.

Las medidas solicitadas van desde la reducción del número de reclusos según prioridades, garantizarles el  derecho a la alimentación y el agua potable, como  respetarse plenamente las normas que impiden maltratar a los detenidos y que garantizan su acceso a la atención médica y la asistencia letrada.

25 de marzo – Por su parte, el Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura publicó una serie de recomendaciones para los gobiernos sobre cómo proteger a las personas privadas de libertad en prisiones, recintos de detención de migraciones, campos de refugiados cerrados y hospitales psiquiátricos durante la pandemia de coronavirus.

Entre las medidas se incluye: liberar a los reos menos peligrosos y examinar todos los casos de prisión preventiva entre otros.

31 de marzo – La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos emitió una nota de prensa instando “los Estados a garantizar la salud y la integridad de las personas privadas de libertad y sus familias frente a la pandemia del COVID-19”.

2 de abril – José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch (HRW) en una declaración de prensa también instó a los gobiernos de la región a “reducir la sobrepoblación carcelaria para combatir el COVID-19”.

7 de abril – El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en una nota de prensa expresó la preocupación que los lugares de  detención se vean afectados duramente por la pandemia de la COVID-19, debido a la particular situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas privadas de libertad frente a la propagación de enfermedades infecciosas.

10 de abril – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió la resolución n. 1/20 llamada “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas” donde hay un apartado específico sobre las personas privadas de libertad Personas Privadas de Libertad donde entre otras recomendaciones se menciona la de “adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento de las unidades de privación de la libertad” y “adecuar las condiciones de detención de las personas privadas de libertad particularmente en lo que respecta a alimentación, salud, saneamiento y medidas de cuarentena.

En nuestro país además de los planteamientos hechos por nosotros de la  Comisión Nacional de los Derechos Humanos,  como organización no gubernamental,  se han dado los siguientes:

24 de marzo – El Colegio de Abogados de República Dominicana ha solicitado al presidente de la República, Danilo Medina, y al procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, descongestionar las cárceles del país para evitar la propagación del coronavirus o COVID-19 que ha infectado a más de 400,000 personas y ha provocado la muerte de más de 15 mil a nivel mundial.

27 de marzo – El Ministerio de Salud Pública de República Dominicana en conjunto con la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud publican y dan a conocer las “Directrices para la preparación, prevención y control del COVID-19 en los centros penitenciarios y otros lugares de detención de la República Dominicana”.

31 de marzo  – El procurador general de la República Jean Alain Rodríguez instruyó al  Ministerio Público para que disponga cambios provisionales pero urgentes de modalidades de medidas de coerción o de prisión definitiva (condenados), en los casos de adultos mayores y los que presentan condición de salud de alto riesgo, las cuales solo se aplicarían si en los archivos del sistema penitenciario existen registros de enfermedades crónicas o terminales.

9 de abril – La defensora del Pueblo, Zoila Martinez Guante, propuso a la Procuraduría  General de la República y a la Comisión de Alto Nivel designada por el gobierno para la prevención y control del Coronavirus, reunirse con urgencia para revisar los expedientes de los reclusos que están próximo a cumplir condena, los envejecientes y los que padecen de enfermedades infectocontagiosas (hepatitis, tuberculosis, VIH-SIDA), a fin de que se gestione  su libertad con celeridad para evitar la expansión del Coronavirus en los recintos penitenciarios.

A pesar de todo esto, sin embargo,  podemos decir que   las medidas tomadas por las autoridades ni han sido suficientes ni han sido urgentes.

En la cárcel de La Victoria según datos del 2014[1] , de un total de 26,350 reclusos, 8,555 están recluidos en ese recinto, o sea el 32.5%. De ellos “3,232 tienen condenas de los tribunales (37.8%), mientras que 5,318 (62.1%) están en calidad de preventivos”.

Justamente La Victoria representaba nuestra mayor preocupación; su gran índice de hacinamiento y las terribles condiciones higiénicas en las que los privados de libertad se encuentran, la hacen un lugar de alto riesgo.

En la cárcel de La Victoria construida para 2.000 presos y que alberga 9.000,  resultan 192 positivos que han sido trasladados al batey Bienvenido en aislamiento, 4 hospitalizados y 7 personas ya han fallecido, según las autoridades, a la fecha. 112 mayores de 60 años han sido trasladados a Boca Chica y han sido realizadas 3,300 pruebas rápidas, lo que nos preocupa, vista la población de la cárcel que es de alrededor 9mil privados de libertad.

Señalamos que nos ha llegado denuncia de otro fallecimiento, de Joel Batista Soto, quien era preso preventivo y ha fallecido con sintomatología de Covid-19 en espera de su libertad que estaba ya firmada. A Joel no se le ha realizado prueba y no ha sido contabilizado en los  fallecimientos de La Victoria.

A pesar de los esfuerzos que se están realizando en estos días, que se han implementado de forma tardía, la epidemia sigue propagándose en La Victoria muy rápidamente y no han sido tomadas medidas suficientes para su descongestionamiento.

Mientras, en la cárcel  de San Francisco de Macorís, en la provincia Duarte, perteneciente al viejo modelo de gestión penitenciaria, las autoridades reportan un deceso sospechoso por covid-19 y están a la espera de los resultados.

Sin embargo, dos de los cuatro compañeros de celda del fallecido han dado positivo en coronavirus[2].

También la cárcel del Pinito de La Vega ha sido afectada por el Covid-19: siete reclusos, entre ellos un nacional francés y un Agente de Vigilancia y Tratamiento Penitenciario (VTP) ha resultado  positivos, lo que indica que también los centros del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria  están siendo afectados.[3]

La semana pasada, vistas las insuficientes medidas  tomadas por las autoridades para  descongestionar la situación de grave hacinamiento de la cárcel de La Victoria (que anda por un 300%) y otros recintos,  se ha creado una comisión formada por  representantes de la sociedad civil e instituciones con el objetivo de dar seguimiento al tema carcelario.

La comisión está integrada por el Licdo. Roberto Santana (presidente de la Academia Regional Penitenciaria), Fray Arístides Richardson (coordinador de la Pastoral Penitenciaria), el magistrado Rafael Báez (Tribunal Contencioso Administrativo) y el presidente de la CNDH-RD, Dr. Manuel María Mercedes.

Conforme a informaciones recibidas de la Suprema Corte de Justicia, hay alrededor de 2mil detenidos que pudieran estar en libertad ya que han cumplido su pena o han hecho acuerdos y que sus trámites han quedado paralizados a raíz del cierre de los tribunales.

Hemos detectado también que más de 300 de ellos en todos los recintos del país tienen orden de libertad y pudieran estar ya fuera de la cárcel y más de mil están privados de libertad por multa o por garantías económicas.

En esos casos el Estado puede asumir y a través del juez de ejecución de la  pena  con una resolución variar la medida.

Otra situación que se ha determinado es que el 35%  de los más de 26mil privados  de libertad de las cárceles del país están presos por delitos menores, los cuales se les puede variar la medida o ponerlos provisionalmente en libertad a fines de descongestionar  los recintos, según las Reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad (Reglas de Tokio).

Sumando todas estas situaciones llegaríamos casi  a la mitad del total de detenidos que pudieran ser puestos en libertad en diferentes  formas.

La comisión, que se ha estado reuniendo vía plataforma telemática, ha hecho contacto con el director de Prisiones, con el presidente de la Suprema Corte de Justicia, con el director de la Policía Nacional, con el ministro de la Presidencia y con el procurador general de la República, haciendo a todos ellos estas  recomendaciones.

Sin embargo seguimos en espera de respuestas.

La comisión se ha dado  las siguientes TAREAS:

  1. Realizar visitas al penal de La Victoria y otros penales para conversar  con los internos encargados de áreas y representantes de celdas para escucharlos y tomar nota de sus peticiones y quejas.
  2. Informar la dirección de la Policía Nacional, la Procuraduría General de la República y la Dirección General de Prisiones,  sobre situaciones de maltratos y abusos de las cuales han llegado denuncias a la CNDH-RD.
  3. Conseguir el listado que tiene la Dirección General de Prisiones  de los internos que dicen haber cumplido su pena para que sean comunicados a los abogados de la defensa pública y a la CNDH-RD, para que se  hagan las solicitudes correspondientes a los respectivos  Tribunales de Ejecución de la Pena para fines de declaratoria de cumplimiento  de la pena.
  4. Conseguir el listado de decisiones que tiene el Poder Judicial relativas a órdenes de libertad para su inmediato cumplimiento.
  5. Continuar el proceso de evacuación y aislamiento de los internos contagiados para que sigan los traslados al lugar en donde están siendo atendidos y reforzar el personal médico que les atiende, así como la seguridad del lugar.
  6. Establecer comunicación con el Director de la Oficina Nacional de la Defensa Pública para la coordinación de los trabajos junto con el equipo de abogados de la CNDH-RD, cuya misión será agilizar, tramitar y dar seguimiento a las solicitudes de libertad por pena cumplida en los distintos tribunales.
  7. Proponer y canalizar al presidente de la Suprema Corte de Justicia la habilitación de los tribunales con un personal mínimo para la localización de los documentos necesarios para solicitar a los jueces de ejecución de la pena el cómputo y orden de libertad de los internos cumplidos.
  8. Inventariar los casos de personas que se les ha impuesto garantía económica para que las mismas puedan ser pagadas por el Ministerio Público, alguna entidad sin fines de lucro o fundación, o el Defensor del Pueblo si fuese necesario.

La comisión también formula las siguientes RECOMENDACIONES:

  1. Que se informen debidamente los privados de libertad de la necesidad de implementar medidas para contrarrestar la difusión del COVID-19 y sobre elementos básicos de higiene a esos fines. Hacer énfasis en la naturaleza

temporal de las medidas y los beneficios para la salud de las personas privadas de libertad.

  1. Realizar pruebas masivas de detección PCR de COVID -19 a los privados de libertad y al personal penitenciario.
  2. Que se garantice acceso al agua, jabón y solución desinfectante o alcohol para la población carcelaria.
  3. Que se dé seguimiento al tema de la comida, donde en primer término las autoridades deberán comprometerse a resolver el problema de la entrada de alimentos crudos al penal para suplir los pequeños colmados de las distintas áreas del mismo,  así como el agua potable en botellones.   Por otro lado el  ministerio de Salud Pública debe garantizar el estricto control sanitario en los puntos de entrada de alimentos y otros insumos necesarios para la higiene personal de los internos.
  4. Brindar atención médica de calidad y urgente a los detenidos que la necesiten.
  5. Se reitera la sugerencia de suspender las visitas y que se  prevén  medidas para promover el contacto no físico con los familiares de las personas privadas de libertad, como llamadas telefónicas o correos electrónicos. También se sugiere que sea habilitado un personal para la entrega de dinero efectivo y medicinas a personas con condición de salud específicas.
  6. Se recomienda sustituir el personal de vigilancia y de planta que actualmente está en el penal por otro personal.
  7. Se recomienda promover junto al Ministerio de Salud Pública una sanitación  de los penales afectados por coronavirus.
  8. Se recomienda a las autoridades competentes solicitar una visita de la Cruz Roja Internacional para que pueda apoyar los recintos carcelarios del país con insumos y equipos.

Santo Domingo, DN

18 de abril del 2020

 

[1] http://www.diariolibre.com/noticias/la-victoria-llega-a-un-32-del-total-de-reos-KGDL792091

[2] https://cnnespanol.cnn.com/2020/04/09/alerta-republica-dominicana-registra-238-casos-nuevos-de-covid-19-en-un-dia-17-presos-en-dos-carceles-dan-positivo/

[3] https://almomento.net/siete-reclusos-dan-positivo-alcoronavirus-en-carcel-el-pinito/

La cárcel de La Victoria en su mejor momento?

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Conozca nuestro informe sobre cárcel La Victoria

Documental

COMISIÓN  NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CNDH-RD) REALIZA VISITA A LA CÁRCEL DE LA VICTORIA

La cárcel de la Victoria es una de las más grandes del país y se encuentra en Santo Domingo Norte. Es adscrita a la Dirección General de Prisiones y por lo tanto no hace parte del Nuevo Modelo Carcelario. Según datos del 2014[1], de un total de 26,350 reclusos, 8,555 están recluidos en La Victoria, o sea el 32.5%. De ellos “3,232 tienen condenas de los tribunales (37.8%), mientras que 5,318 (62.1%) están en calidad de preventivos”.

Dado el elevado número de denuncias respecto a las condiciones infrahumanas de los reclusos y a los hechos violentos que allá periódicamente ocurren, una delegación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos integrada por el Licdo. Juan Alberto Francisco Vargas, coordinador del equipo legal de la CNDH y el Licdo. Zacarías Guzmán, integrante del mismo, el día domingo 19 de junio ha efectuado una visita a sorpresa a dicho penal.

RELATO

Una vez llegados a los alrededores de la cárcel La Victoria  nos encontramos un mercado de ropa usada, zapatos,  venta de productos agrícolas, comida y artículos de limpieza. Seguir leyendo «Conozca nuestro informe sobre cárcel La Victoria»